Las bicicletas eléctricas y los scooters serán regulados en la Ciudad de México debido a que alcanzan velocidades de más de 25 kilómetros por hora –el límite para ser considerados vehículo no motorizado– lo que pone en riesgo a usuario de ciclovía y banquetas, por lo que la jefa de Gobierno, Clara Brugada anunció que los usuarios de los vehículos eléctricos deberán sujetarse a las normas generales para la circulación de vehículos, es decir, lo mismo que para un coche o para una motocicleta de combustión.
La mandataria capitalina estableció que las bicicletas eléctricas –que serán consideradas motocicletas eléctricas– no podrán circular por las ciclovías que se encuentran en la Ciudad de México; no podrán desplazarse sobre las banquetas ni en cualquier otra zona confinada; y también deberán portar placa, tarjeta de circulación, casco, ir con las luces encendidas y las demás reglas que aplican a todas las motocicletas de combustión interna.
Otra modificación importante, es sobre los permisos de circular expedidos por otra entidad federativa o municipio, y eso en general, a todas las motocicletas tanto de combustión interna como eléctricas. Los usuarios deberán registrarse ante la Secretaría de Movilidad (Semovi) de la Ciudad de México para generar un mejor control de los vehículos que se desplazan en la capital, pues “hoy tenemos a miles circulando con sus permisos foráneos -les vamos a llamar, ¿no?- Entonces tienen la obligación de registrarse. Bueno, se da un tiempo, que es un mes”.
Regulación de Scooters
En el caso de monopatines, mejor conocidos como ‘scooters’, se les considerará como vehículos no motorizados y deberán de ajustarse a los reglamentos que dictan, ya, sobre este tipo de vehículo, por lo que no podrán circular por banquetas zonas peatonales, o por el carril exclusivo de transporte público; pero sí podrán en las ciclovías, preferentemente el carril derecho. Sin embargo, podría haber un vacío con ello, pues muchos scooters rebasan los 25 kilómetros por hora, incluso alcanzan los 50 kilómetros por hora, por lo que los siniestros viales podrían continuar, sobre todo con los ciclistas.
“Los vehículos no motorizados, como lo dice el Artículo 14, deben avanzar en donde existan ciclovías, deben indicar sus cambios de carril por señales; estos vehículos tienen preferencia sobre los motorizados. Y en caso de estar en calles, donde no haya infraestructura ciclista, se podrá utilizar, preferentemente el carril derecho. Es importante que los vehículos no motorizados cumplan lo que establece el Reglamento de Tránsito, que es lo que estoy mencionando, y así podremos evitar accidentes y disminuir el riesgo de su uso”, expuso.
Motocicletas en CDMX
Clara Brugada informó que existen 750 mil 722 motocicletas en la Ciudad de México y en los últimos años se ha incrementado por la entrada de bicicletas eléctricas –que en su mayoría vienen de China–; en este sentido, señaló, en el último trimestre del 2024 se reportaron 19 mil 207 siniestros viales, lo que “significa una disminución del 10.6%, con respecto al periodo anterior, y esta disminución es una tendencia que se viene dando desde el último trimestre del 2023”.
CDMX armoniza leyes de movilidad
La consejera Jurídica y de Servicios Legales, Eréndira Cruzvillegas puntualizó que son varias las disposiciones que se van a armonizar en el Reglamento de Tránsito vigente: “la Ley de Movilidad de la Ciudad de México, en su artículo 9º fracción 23 y 23 BIS, a fin de que también el artículo 64 y 137 puedan homologar justamente el concepto de motocicleta eléctrica, para que se tenga una lógica puntual (...) sobre las cuestiones de la velocidad de desplazamiento, así como la lógica que formalmente comprende las dos plazas, o una o dos ruedas formalmente, y que se va a puntualizar en ese sentido”.
Agregó que se contempla la armonización de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México en su Reglamento, en el Artículo 117 y 120, para que también ahí tenga una aplicabilidad formal lo señalado por la Jefa de Gobierno. Asimismo, “se hará también la armonización en el reglamento de la Ley de Movilidad, también de la Ciudad de México, en sus artículos 21, 37, 47 y 45, a fin de poder homologar”.
Congreso CDMX va por más medidas contra bicicletas eléctricas
Desde el Congreso de la Ciudad de México se implementarán más medidas de regulación contra las bicicletas eléctricas y scooters, pues la diputada del Partido Verde, Rebeca Peralta presentó una iniciativa para que se reconozca jurídicamente a la ‘Micromovilidad’ en las disposiciones legales que regulan la movilidad de la Ciudad de México, lo cual permitirá regular el empleo de los vehículos no motorizados, como las bicicletas y monopatines eléctricos.
Propuso reformar la Ley de Movilidad de la CDMX para dejar establecido que la micromovilidad sea considerada como el “desplazamiento de personas a través de una variedad de vehículos ligeros impulsados por el ser humano o por motores eléctricos o con asistencia eléctrica; cuya velocidad máxima corresponde a los veinticinco kilómetros por hora y son empleados para desplazamientos cortos, tales como bicicletas de pedal, bicicletas de carga, patinetas, monopatines o scooter y ciclotaxis”.
Reiteró que la propuesta es muy clara: el reconocimiento legal de los vehículos de micromovilidad como elementos del Sistema de Movilidad de la Ciudad de México, y que permita establecer reglas claras que establezcan la forma en cómo deben circular los mismos de acuerdo al lugar que ocupan dentro de la jerarquía de movilidad; y al mismo tiempo, incentivar el desarrollo de políticas públicas que fortalezcan el desarrollo de infraestructura urbana que permita su uso, en un escenario de respeto mutuo, entre peatones, ciclistas, las personas usuarias de la micromovilidad, del transporte público y el transporte particular.