Economía

SAT lanza ultimátum: Estas personas sí o sí deben cumplir con la declaración anual

¡Atención! SAT publicó la lista completa de personas obligadas a presentar la declaración anual; les dio un plazo de 30 días, que arranca este 1 de abril

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó la lista oficial de personas físicas que, sí o sí, están obligadas a presentar la declaración anual de impuestos, correspondiente al ejercicio fiscal del 2024.

Señaló que dichos contribuyentes–desde profesionistas independientes, emprendedores, y dueños de pequeños negocios, hasta arrendadores y asalariados de altos ingresos– tiene un plazo de 30 días, contados a partir de este 1 de abril, para cumplir con dicha obligación fiscal.

Apuntó que a los incumplidos se les impondrá multas máximas de 22 mil 400 a 44 mil 790 pesos por cada obligación o impuesto no declarado, tal como lo establece el Artículo 82 del Código Fiscal de la Federación.

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¿Qué es la declaración anual?

La autoridad explicó que la declaración anual es un informe detallado del ingreso total que recibieron los contribuyentes durante el año pasado, las actividades económicas que realizaron y las retenciones o pagos realizados por concepto del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y, en su caso, del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Señaló que, para facilitar el dicho proceso, en el portal del SAT todas las personas tienen acceso a una declaración anual prellenada, que solo debes cotejar, corregir datos, enviar a través de Internet y, de ser necesario, cubrir los impuestos pendientes de pago antes de que finalice el próximo 30 de abril.

Apuntó que los asalariados en general –personas que reciben un sueldo de una empresa o patrón– también pueden cumplir con su declaración anual de forma voluntaria, con la finalidad de presentar deducciones personales y, si procede, obtener una devolución de impuestos.


¿Quién debe cumplir con declaración anual? Lista completa

El SAT señaló que debes presentar la declaración anual si:

  • Eres asalariado y obtuviste ingresos mayores a 400 mil pesos durante año pasado.
  • Trabajaste para dos o más patrones en el mismo año, aún cuando no hayas rebasado los 400 mil pesos.
  • Solicitaste, por escrito, a tu patrón que no presente tu declaración anual.
  • Dejaste de prestar tus servicios antes del 31 de diciembre de 2024.
  • Prestaste servicios por salarios a personas que no efectúan retención como embajadas u organismos internacionales.
  • Obtuviste otros ingresos acumulables a través de honorarios, actividades empresariales, pequeños negocios, emprendimientos y plataformas de digitales, entre otros, además de salarios.
  • Percibiste ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral.
  • Generaste ingresos por tu cuenta y emites comprobantes de honorarios, facturas o CFDI.
  • Cobraste rentas por algún bien inmueble: departamento, casa o local comercial.
  • Percibiste intereses o dividendos.
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