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¿Murió libre de culpa? ‘Feminicida de Iztacalco’ debe ser tratado como inocente ante la ley

Miguel Cortés, presunto feminicida de Iztacalco, murió sin sentenciae. Según la ley mexicana, debe ser considerado legalmente inocente

Miguel Cortés Miranda, conocido públicamente como el presunto feminicida de Iztacalco, falleció sin sentencia este domingo 13 de abril. Su deceso ocurrió en el Reclusorio Preventivo Varonil Oriente de la Ciudad de México, donde permanecía en prisión preventiva tras ser vinculado a proceso en abril de 2024; sin embargo, prevalecen las dudas sobre cómo ocurrió este incidente y lo que significa.

De acuerdo con la Secretaría de Seguridad Ciudadana, Cortés fue hallado inconsciente tras una caída en su celda, y fue trasladado al Hospital General de Iztapalapa, donde se le declaró muerto por un aparente paro cardiorrespiratorio.

¿Por qué se le debe considerar como inocente?

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A pesar de la gravedad de los crímenes que se le atribuían, legalmente Miguel Cortés Miranda murió sin ser condenado, y eso tiene profundas implicaciones. Según el Artículo 485 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), el ejercicio de la acción penal se extingue por diversas causas, entre ellas la muerte del imputado. Esto quiere decir que su proceso penal queda cerrado automáticamente, sin posibilidad de continuar, lo que a su vez implica que debe ser considerado inocente ante la ley mexicana.

Cortés fue detenido en abril de 2024 tras ser sorprendido en el departamento de una adolescente de 17 años y su madre, a quienes presuntamente atacó con un cuchillo. La joven falleció, mientras que la madre logró sobrevivir y fue quien identificó al agresor.

Durante la investigación, la Fiscalía capitalina cateó el domicilio del imputado y localizó restos humanos, documentos, identificaciones, celulares y otros objetos que lo vincularían con al menos siete casos de desaparición y feminicidio entre 2012 y 2024.


No obstante, sin una sentencia condenatoria emitida por un juez, no es posible declarar culpable a ninguna persona en el sistema penal mexicano. Este principio de presunción de inocencia está consagrado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, específicamente en su Artículo 20, apartado B, fracción I, el cual establece que toda persona se presume inocente hasta que se demuestre lo contrario mediante una resolución judicial firme.

Críticas por la injusticia en casos como el de Miguel

Este tipo de situaciones ha generado reclamos previos por parte de colectivos feministas y familiares de víctimas, que consideran que la muerte de un imputado sin sentencia representa una forma de impunidad estructural.

Un caso similar ocurrió en 2021, cuando el presunto feminicida de Mariana Sánchez Dávalos, una pasante de medicina en Chiapas, murió por suicidio antes de ser enjuiciado. Las protestas no se hicieron esperar, ya que su fallecimiento dejó sin justicia el crimen y sin reconocimiento formal del daño a la víctima.

En el caso de Miguel Cortés, colectivos como Ni Una Menos CDMX y Justicia para Todas ya habían exigido el año pasado que se garantizara un proceso transparente y expedito, dada la gravedad de los hallazgos en su domicilio. Sin embargo, su muerte deja sin respuesta no sólo a las familias de las víctimas, sino también a una sociedad que esperaba una resolución judicial ejemplar ante uno de los casos más estremecedores de violencia de género en la capital.


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