El Servicio de Administración Tributaria (SAT) otorga un trato especial a los jubilados y pensionados del país y, en casos muy precisos, están obligado a presentar su declaración anual de impuestos.
Incluso, la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) prevé algunos escenarios donde las personas que reciben una pensión deben pagar dicho gravamen, cuando la mensualidad supera el monto exento de impuestos, que establece la misma legislación.
Además, si los pensionados o jubilados obtienen ingresos acumulables superiores a 400 mil pesos al año, tienen dos o más ingresos por pensiones, arriendan algún inmueble o desempeñan alguna actividad empresarial, están sujetos a presentar su declaración anual y a pagar impuestos.
¿Los pensionados hacen declaración anual?
El SAT explicó que el Artículo el Artículo 93, fracción IV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta establece que los ingresos por jubilaciones o pensiones están exentos del ISR y, por lo tanto, de presentar la declaración anual de impuestos, siempre y cuando:
- El monto diario de la mensualidad no exceda 15 veces el valor de la UMA (Unidad de Medida y Actualización) vigente en el año fiscal a declarar.
- En 2024 la UMA alcanzó 108.57 pesos, cifra que al ser multiplicada por 15 arroja un mil 628.55 diarios y 48 mil 856.50 pesos mensuales están libres del ISR y de la declaración anual.
- Cualquier cantidad que supere dicho monto, obliga a las personas que recibe una pensión o mensualidad por su jubilación a declarar y pagar impuestos.
¿Cuánto de impuestos pagan los pensionados?
El Artículo el artículo 93 de la LISR determina el SAT aplicará y cobrará el monto del ISR correspondiente sobre la cantidad excedente al monto libre de impuestos. “Por el excedente se pagará el impuesto en los términos de este Título”.
Por ejemplo, Sandra es una persona jubilada del IMSS y recibe 55 mil pesos mensuales; el monto exento 48 mil 856.50, paga ISR sobre los restantes seis mil 143.5 pesos.
¿Solo los pensionados que exceden el limite, presentan la declaración anual?
La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) señaló que los pensionados también están obligados a presentar la declaración anual si:
- Reciben ingresos anuales superiores a 400 mil pesos.
- Tiene dos o más ingresos por pensión, aún y cuando no supere el monto de 400 mil pesos.
- Además de recibir su pensión mensual, obtienen ingresos por otro régimen como arrendamiento o por actividad empresarial.
¿Las pensiones del Bienestar declaran y pagan impuestos al SAT?
Virginia Ríos Hernández, integrante de la Comisión Técnica de investigación Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM), explicó que los beneficiados de los programas del Bienestar no presentan la declaración anual ni pagan impuestos.
“El Artículo 93 del Código Fiscal de la Federación señala que los apoyos del Bienestar como la pensión del adultos mayores y las becas de Jóvenes Construyendo el Futuro, madres solteras, estudiantes de preparatoria y secundaria no son ingresos acumulables y están libres de obligaciones fiscales” apuntó.