En Puebla se busca incluir a las conductas consideradas como violencia política de género la difusión de noticias falsas que afecten a una funcionaria o candidata, además cuando esta es ejercida por familiares, parejas o exparejas sentimentales.
La iniciativa para reformar la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Puebla fue presentada por la diputada local del PAN, Aurora Sierra Rodríguez, la cual ya es analizada por la Comisión de Igualdad de Género en el Congreso del Estado.
La propuesta también sugiere considerar violencia política de género divulgar noticias falsas o información privada de una mujer precandidata, candidata o que está en el ejercicio de sus funciones, con el propósito de poner en entredicho su imagen.
También se incluye las amenazas a una mujer con la pérdida de su vida o seguridad, con demandarla o con divulgar noticias falsas, información privada o que se conoce con motivo de una relación de pareja, familiar o de amistad.
¿Qué sanciones contempla el Código de Instituciones y Procesos Electorales?
Pena de 1 a 2 años de prisión y 50 a 100 días de multa
- Proporcione información incompleta o datos falsos a las autoridades administrativas o jurisdiccionales en materia electoral, con la finalidad de impedir el ejercicio de los derechos políticos electo rales de las mujeres.
- Impida a una mujer su derecho a voz y voto, en el ejercicio del cargo.
- Discrimine a una mujer embarazada, con la finalidad de evitar el ejercicio de sus derechos políticos y electorales.
Pena de 2 a 4 años de prisión y de 100 a 200 días de multa
- Publique o divulgue imágenes, imágenes, mensajes o información privada de una mujer que no tenga relación con su vida pública, utilizando estereotipos de género que limiten o menoscaben el ejercicio de sus derechos político electorales.
- Limite o niegue que una mujer reciba la remuneración por el desempeño de sus funciones, empleo, cargo o comisión.
Pena de 4 a 6 años de prisión y 200 a 300 días de multa
- Ejerza cualquier tipo de violencia, en términos de ley, contra la mujer, que afecte el ejercicio de sus derechos políticos y electorales, o el desempeño de un cargo público.
- Amenace o intimide a una mujer, directa o indirectamente, con el objeto de inducirla u obligarla a presentar su renuncia a una precandidatura o candidatura de elección popular o al cargo por el que haya sido electa.
- Ejerza cualquier tipo de violencia, con la finalidad de obligar a una o varias mujeres a suscribir documentos o avalar decisiones contrarias a su voluntad, en el ejercicio de sus derechos políticos y electorales.
Partidos políticos: Reducción de hasta el 50% de las ministraciones del financiamiento público que corresponda, por el periodo que señale la resolución.
Medidas de reparación del daño
- Indemnización de la víctima.
- Restitución inmediata en el cargo al que se obligó a renunciar por motivos de violencia.
- Disculpa pública.
- Medidas de no repetición.
Casos
La presidenta municipal de Puebla, Claudia Rivera Vivanco, impugnó ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) la sentencia del tribunal local en la que declaró inexistente la violencia política de género que habría ejercido en su contra el gobernador Miguel Barbosa Huerta, por comentarios hacia su persona.
La violencia contra la excandidata a la gubernadura de Puebla, Martha Érika Alonso, fallecida el 24 de diciembre de 2018, la ejerció su adversario del PRI, Enrique Doger Guerrero, en la campaña electoral de ese año, cuando surgió un spot con la frase "
Inés Saturnino López, excandidato del PRI a la alcaldía de Tecamachalco en la gubernatura pasada fue sancionado por violencia política de género al ser acusado de discriminar a regidoras cuando fungió como edil de ese municipio.
Víctor Iglesias Parra, ex alcalde de Zautla tiene un proceso abierto por una denuncia que presentó la regidora Magnolia de la Huerta Ramírez Martínez, quien lo acusó de hostigamiento, discriminación y suspensión del pago de su salario.
De 2018 a 2020, el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) sancionó a 17 personas por violencia política en razón de género, al resolver seis juicios promovidos por candidatas, regidoras, activistas y representantes de partido ante los órganos electorales; ninguno ha recibido sanciones de cárcel o suspensión de cargo.