Tras la despenalización del aborto en el estado de Puebla, esta entidad se suma a los 13 puntos de la República mexicana donde mujeres y personas gestantes pueden proceder a una Interrupción Legal del Embarazo (ILE) lo cual significa un gran avance dentro de la lucha feminista.
Con ello, Puebla se vuelve en el estado número 14 en realizar reformas a los artículos 339, 340, 341, 342 y 343 que estipulan que “comete el delito de aborto quien interrumpe el embarazo después de la décima cuarta semana de gestación”.
¿En dónde es legal el aborto?
De las 32 entidades federativas solo 14 estados de la República Mexicana es legal el aborto siempre y cuando este proceso se realice antes de las 12 semanas de gestación.
- Ciudad de México
- Puebla
- Oaxaca
- Veracruz
- Hidalgo
- Baja California
- Colima
- Guerrero
- Baja California Sur
- Quintana Roo
- Aguascalientes
- Jalisco
- Sinaloa (es la única entidad que permite la interrupción hasta la semana 13)
¿Cómo proceder a una Interrupción Legal del Embarazo?
Las mujeres y personas gestantes que acudan a realizarse una interrupción de embarazo después de los tres meses de gestación estarán cometiendo una falta a la ley, por lo que podrían ir a la cárcel entre seis meses a un año así como las personas que ayude a realizar esta práctica con consentimiento, aunque estos últimos involucrados podrían pasar de uno a tres años en prisión.
También, se establece como delito el aborto forzado, definido como aquel procedimiento en el que se interrumpe el embarazo sin consentimiento de la persona gestante, mismo que se sancionará hasta con cuatro a ocho años de prisión.
¿Se puede abortar después de las 12 semanas?
Pese a que la ley tiene establecido como delito el realizar el procedimiento de interrupción del embarazo después de las 12 semanas, autoridades podrían tener algunas excepciones en situaciones específicas o causales previstas en las leyes penales como las siguientes:
La leyes mexicanas reconocen 11 causales que permiten un aborto después de los tres meses de gestación:
- Cuando la persona embarazada no pudo identificar el embarazo desde sus inicios a causa de un trastorno ginecológico.
- Violación: Esta causal esta disponible en las 32 entidades de México.
- Cuando el embarazo es producto de estupro, es decir, cuando la persona es menor de edad, pero mayor de quince años al momento de la relación sexual, y su consentimiento se obtuvo a través de engaños.
- Cuando existe la probabilidad de que la salud física, psicológica o social de la persona embarazada pueda verse afectada por la gestación.
- Cuando la vida de la mujer corre peligro: Aplica en 25 estados de la república, aún cuando este peligro no sea inmediato.
- Cuando es un embarazo producto por una inseminación artificial no consentida, misma que solo aplica en 17 estados.
- Cuando el producto tiene malformaciones graves. Esta causal solo aplica en 19 entidades y la decisión se establece tras un diagnóstico médico.
- Cuando el aborto es consecuencia de un acto no intencional (imprudencial o culposo).
- Cuando una autoridad haya negado la interrupción en las primeras doce semanas de gestación.
- Cuando el personal médico o de enfermería omite información correcta y oportuna a la persona gestante de su derecho a interrumpir el embarazo.
- Por causas económicas graves, causal que aplica en Michoacán y Yucatán.